
Corte
Suprema confirma fallo en causa "MATURANA/SUPERINTENDENCIA DE
SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO)", RIT (civil) apelaci贸n protecci贸n
248404-2023, caso de evaluaci贸n de enfermedad laboral. Santiago de
Chile, 24 de junio de 2024.
Con fecha 24 de junio de
2024 la Tercera Sala Constitucional de la Excelent铆sima Corte
Suprema mediante sentencia en causa "MATURANA/SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO)", RIT civil apelaci贸n protecci贸n
248404-2023, confirm贸 el fallo de la Ilustr铆sima Corte de
Apelaciones de Rancagua a trav茅s del cual se acogi贸 el recurso de
protecci贸n interpuesto por M.I.M.G. representada por el abogado
Andr茅s Emeterio Retamales Soto, quienes buscaban el reconocimiento
del car谩cter laboral de su enfermedad y la cobertura de la Ley
N°16.744.
La discusi贸n ante el
m谩ximo tribunal comenz贸 el 30 de noviembre de 2023, en que se apel贸
por la recurrida SUSESO del caso ante la Corte Suprema. M.I.M.G., la
recurrida de apelaci贸n, representada por el abogado Andr茅s Emeterio
Retamales Soto, argument贸 que la Superintendencia de Seguridad
Social (SUSESO) hab铆a actuado de manera arbitraria e ilegal al
emitir la resoluci贸n R-01-ISESAT-85045-2023, negando la naturaleza
laboral de su enfermedad sin realizar una evaluaci贸n adecuada del
puesto de trabajo.
Cabe recordar que
M.I.M.G. representada por el abogado Andr茅s Emeterio Retamales Soto,
acudi贸 ante la Ilustr铆sima Corte de Apelaciones de Rancagua
presentando sus argumentos. El recurso de protecci贸n busc贸 proteger
derechos vulnerados debido a la resoluci贸n R-01-ISESAT-85045-2023,
la cual niega el car谩cter laboral de su enfermedad, dej谩ndola sin
cobertura de la Ley N° 16.744. Este recurso fue acogido inicialmente
por la Corte de Apelaciones de Rancagua con fecha 22 de noviembre de
2023. La Corte Suprema confirm贸 la sentencia apelada de la Corte de
Apelaciones, destacando que SUSESO no realiz贸 la evaluaci贸n del
puesto de trabajo, etapa esencial para determinar la exposici贸n a
riesgos laborales. El fallo de la Corte Suprema establece que la
omisi贸n de la evaluaci贸n del puesto de trabajo por parte de SUSESO
es ilegal y arbitraria, afectando los derechos de la recurrente.
A su vez, la SUSESO
representada por el abogado Sebasti谩n de la Puente Herve, defendi贸
su postura tanto en la Corte de Apelaciones de Rancagua como en la
Corte Suprema.
Finalmente, fue el
abogado integrante de la Corte Suprema don Jos茅 Valdivia Olivares el
encargado de redactar el fallo que confirma la sentencia apelada,
estableciendo que la omisi贸n de la evaluaci贸n del puesto de trabajo
por parte de SUSESO es ilegal y arbitraria, vulnerando los derechos
de la recurrente.
Texto completo de la sentencia:
“Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro.
Vistos y teniendo presente:
Primero:
Que en la especie, ha deducido acci贸n de protecci贸n M.I.M.G. en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, atendida la arbitrariedad e ilegalidad en la dictaci贸n de la resoluci贸n R-01-ISESAT- 85045-2023 que niega el car谩cter laboral de su enfermedad, dej谩ndola sin cobertura de la Ley N° 16.744. Refiere que padece de: Hernia discal L4-L5 foramidal extruida S铆ndrome facetario L3 L4-L5, L5-S1; Discopat铆a degenerativa m谩s que moderada L4-L5; Tenosinovitis del b铆ceps derecho y Tenosinovitis del supra espinoso derecho, las que dicen relaci贸n con las labores de operadora de retroexcavadora que realiz贸 durante muchos a帽os.
Segundo:
Que el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales dispone en el numeral 4 del cap铆tulo IV, del T铆tulo III, del Libro III que: ”Las evaluaciones de condiciones de trabajo tienen por objetivo determinar si existe exposici贸n a agentes de riesgo en el lugar de trabajo”. Al efecto se debe utilizar el ANEXO N°31 Evaluaci贸n o Estudio de Puesto de Trabajo General y debiendo considerar al efecto: i. agente de riesgo, ii. nivel del agente y iii. condiciones de exposici贸n e im谩genes del puesto de trabajo cuando corresponda.
Tercero:
Que conforme se colige de los antecedentes aparejados al proceso, no se encuentra controvertido que la recurrida no dispuso la evaluaci贸n del puesto de trabajo, etapa, dentro de la calificaci贸n de la enfermedad, que conforme a lo referido en el Compendio citado es fundamental a efectos de dilucidar el origen de la patolog铆a que afecta al trabajador respectivo, puesto que el objetivo de la misma es determinar si hubo exposici贸n a riesgos con ocasi贸n del desempe帽o laboral, cuesti贸n que no ha sido fehacientemente esclarecida en el presente proceso.
Cuarto:
Es as铆 como esta Corte considera que la omisi贸n referida es ilegal y arbitraria, toda vez que no se cumpli贸 por la recurrida con una etapa esencial como es la evaluaci贸n del puesto de trabajo, lo que deja a la recurrente en una situaci贸n de desigualdad ante la ley, a efectos de tener la posibilidad de obtener los beneficios previsionales, respecto de otras personas cuyos puestos de trabajo s铆 fueron oportunamente evaluados.
Por estos fundamentos y lo dispuesto por el art铆culo 20 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la sentencia apelada de veintid贸s de noviembre de dos mil veintitr茅s.
Redacci贸n del Abogado Integrante se帽or Valdivia.
Reg铆strese y devu茅lvanse.
Rol N° 248.404-2023.
Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Mu帽oz G., Sra. 脕ngela Vivanco M., Sra. Adelita Ravanales A. y Sr. Mario Carroza E. y por el Abogado Integrante Sr. Jos茅 Valdivia O.
No firman, no obstante haber concurrido al acuerdo de la causa, los Ministros Sra. Vivanco y Sr. Carroza, por estar, ambos, en comisi贸n de servicios. Santiago, 24 de junio de 2024.
En Santiago, a veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, se incluy贸 en el Estado Diario la resoluci贸n precedente.”
Corte Suprema, Sala Tercera... by Andr茅s Retamales
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